Despacho Carrión & Asociados - Collado Villalba - Madrid
Asistencia Matrimonios Notariales con Abogados en Madrid

Asistencia Matrimonios Notariales

Con las nueva ley española sobre jurisdicción voluntaria.

Divorcios ante notario más rápidos y económicos.

La Nueva Ley 2/2015 de la Jurisdicción Voluntaria

Que entró en vigor el pasado 23 de julio, regula por primera vez algunos aspectos que no estaban protegidos adecuadamente en el sistema español, por ejemplo las siguientes:

  • Obligaciones a cumplir por administradores y gerentes corporativos;
  • - Funcionamiento de las subastas electrónicas,
  • - Aspectos relativos a la adopción o tutela de menores, y que estaban pendientes desde tiempo inmemorial;
  • - Refuerzos en la protección de las personas con discapacidad, en la evitación de abusos, que son más frecuentes de lo que parece;
  • - Declaraciones de fallecimiento en accidentes inesperados (por ejemplo en siniestros en avinos
  • - Nuevo tratamiento de los actos de conciliación en derecho contractual, y así sucesivamente.

Su nombre ( de Jurisdicción Voluntaria) es en parte debido a que ciertos aspectos de las relaciones humanas, que hasta ahora sólo podían ser resueltos yendo al juez , ahora se pueden presentar a un Notario o Registrador.

En particular, con esta nueva ley, ahora es posible para casarse ante notario, e incluso divorciarse, aunque esta última posibilidad está sujeta a ciertas condiciones. Esta Ley regula el "nuevo divorcio", de la siguiente manera:

Artículo 54 (Ley 15/2015)

  • 1. Los cónyuges, si no tienen hijos menores de edad menores de capacidad modificada o judicial bajo su jurisdicción podrán acordar su separación matrimonial o divorcio de mutuo acuerdo, mediante la formulación de un convenio regulador en escritura pública. Ellos deben dar su consentimiento ante el Notario de la última residencia común o residencia habitual de cualquiera de los solicitantes.
  • 2. Los cónyuges deben ser asistidos en la ejecución de la escritura pública de Abogado en ejercicio.
  • 3. La solicitud, tramitación y emisión de la obra deberán cumplir con las disposiciones del Código Civil y en la presente ley.

Al publicarse la Ley el pasado 2 de julio, los medios de comunicación se precipitaron a publicar titulares del tipo: "El divorcio ahora sólo cuesta € 95 ante el notario. Lo cual es una verdad a medias, que muy flaco favor hace a los abogados, y sobre todo a los usuarios y cónyuges en apuros. La cantidad de 95€ es precisamente el importe que hay que abonar al notario en caso de que:

  • a) haya mutuo consentimiento,
  • b) las condiciones sean fijadas por los dos solicitantes en común acuerdo en cada uno de los puntos;
  • c) no hay hijos menores de edad.

Por otro lado, aunque haya consentimiento en el caso de divorcio debe intervenir un abogado, (art.54.2), para confirmar que que el proyecto de acuerdo "cumple las disposiciones del Código Civil y la ley." Y es seguro que la cuota reducida de 95€ del notario no incluye la intervención de un abogado

Mas bien al contrario, lo que ha sucedido es que el divorcio se ha encarecido, puesto que su presentación ante el Juzgado no incurría en costes, a partir de la reciente derogación de la Ley de Tasas, y ahora cuenta con el coste aañadido del notario además de emisión de copias simples, etc.

Sin embargo, no hay que olvidar que es un innegable ventaja esta nueva Ley de Jurisdicción voluntaria de divorcio de mutuo acuerdo sin hijos; será mucho más rápido, y por lo tanto podemos esperar razonablemente un notable aumento de consensual frente divorcio contradictorio.

En conclusión, tenga cuidado con la letra pequeña de las nuevas leyes cuando se publique ... y vamos a ser especialmente cuidadosos con los titulares sobre nuevas leyes!

No lo dude. llámenos. saldrá ganando. Despacho Carrión & Asociados Especialistas en derecho laboral. Soluciones ágiles para problemas complejos.